¿Se le cobrará Fianza al inquilino? Así es, se requiere que el inquilino abone una fianza equivalente a dos mensualidades, conforme al artículo 36 de la LAU. Por Adrián Surís|2023-10-05T07:28:09+00:00octubre 5th, 2023|Alquiler de Temporada|Sin comentarios Share This Story, Choose Your Platform! FacebookXRedditLinkedInWhatsAppTumblrPinterestVkXingCorreo electrónico Sobre el Autor: Adrián Surís Deja tu comentario Cancelar la respuestaComentar Guardar mi nombre, email y sitio web en este navegador para la próxima vez que comente. Δ
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